Certificado de libre venta y consumo, expedido por la autoridad competente , donde se haga constatar que el producto ha sido autorizado para el consumo humano, en el país de origen, en original y una (1) copia. Sólo para alimentos importados.
Tres (3) rótulos o ejemplares del proyecto de rótulo o impresos destinados a identificar el producto, el cual deberá cumplir con los siguientes requisitos: nombre descriptivo del producto, marca, peso neto o contenido neto, lista de ingredientes, elaborado por _______en______, en caso de alimentos que requieran de condiciones especiales de conservación, deberá indicarse cual y cualquier otro requerimiento que indique la normativa legal.
Diagrama de flujo del proceso de elaboración del producto indicando las condiciones de tiempo y temperaturas aplicadas, en original.
Fórmula cualitativa-cuantitativa incluyendo los aditivos en orden decreciente de las proporciones usadas en porcentaje referido a 100 g o 100 mL, en original y dos (2) copias.
Certificado de análisis físico-químico y microbiológico, con sus respectivos métodos de ensayo y rango de especificación y en caso de alimentos importados certificado del país de origen con fecha de emisión máximo de 1 año, emitido por un Laboratorio Oficial del país de origen. En original y dos (2) copias. "No aplica a Alimentos de fabricación artesanal".
Además el certificado de análisis debe incluir:
Si contiene minerales: La declaración de los minerales en rango de especificación.
Si contiene vitaminas: Las Vitaminas A y D en unidades internacionales (UI) y el resto por ración en unidad de masa o volumen.
Si contiene probióticos: Microorganismo agregado (género y especie), la cantidad en UFC/g o ml y métodos de ensayo para la detección y/o recuentos de estos microorganismos.
Si contiene enzimas: Método de análisis y estándar de referencia con Certificado de Análisis.
Registro Sanitario de Bebidas Alcohólicas Nacionales e Importadas:
Certificado de libre venta y consumo, expedido por la autoridad competente del país de origen, donde se haga constatar que el producto ha sido autorizado para el consumo humano, en el país de origen, en original y una (1) copia. Solo para Bebidas Alcohólicas Importadas.
Tres (3) rótulos o ejemplares del proyecto de rótulo o impresos destinados a identificar el producto.
Certificado de análisis del país de origen indicando grado alcohólico con un rango de aceptación de ± 0,5 décimas de grado para bebidas fermentadas y ± 0,2 décimas de grado para bebidas destiladas, año de cosecha, el cual debe coincidir con lo declarado en el rótulo para Vinos y sus derivados, en original y una (1) copia.
Fórmula cualitativa-cuantitativa incluyendo los aditivos en orden decreciente de las proporciones usadas en porcentaje referido a 100 g o 100 mL, en original y una (1) copia.
Repetición de Ensayo de Alimentos y Bebidas Alcohólicas Nacionales e Importados: